Zona Básica de Salud: Se define como el marco territorial para la prestación de la Atención Primaria de salud, de acceso directo de la población, en la que se proporciona una asistencia sanitaria básica e integral. En nuestra Comunidad se clasifican en urbanas, semiurbanas y rurales.
Centro de Salud: Constituyen la estructura física y funcional donde se llevan a cabo las actividades sanitarias de la Atención Primaria.
Demarcación Asistencial: Es el ámbito territorial, dentro de la Zona Básica de Salud, donde los profesionales sanitarios desempeñan las funciones asistenciales ordinarias y está delimitada por el núcleo o conjunto de núcleos de población cuya concreción aparece contenida en los Anexos que para cada profesión sanitaria se establecen en el Decreto de creación o normas posteriores.
Consultorio Local: Centro sanitario que, sin tener la consideración de Centro de Salud proporcionan atención sanitaria no especializada en el ámbito de la atención primaria de salud.
Puntos de Atención Continuada/ Centro de Guardia: Organización funcional donde se desarrolla la actividad asistencial efectuada para satisfacer las demandas de la Atención urgente fuera del horario ordinario.
Frecuentación (teórica) Media de visitas por paciente a un profesional en un año.
Se calcula utilizando el número de citas para cada tipo de profesional , (fuente MedoraCyl) , entre el cupo (número de pacientes) asociado a ese tipo de profesional en tarjeta sanitaria.